Emprender en España 2020, las condiciones para los autónomos

La cuota de autónomos como limitación al emprendimiento en España

Emprender en España es una odisea. A pesar de ser el país con la cuota de autónomos más alta de Europa, hay registrados más de 3,2 millones de empresarios individuales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, casi dos millones como personas físicas y los restantes como societarios.

Esto quiere decir que el sector es uno de los principales activos del gobierno español. Pero, ¿por qué tantas trabas burocráticas?, ¿por qué la cuota más alta de Europa? Pueden ser estos algunos de los motivos, por los que más de 165 mil jóvenes menores de 35 años dejaran de ser autónomos en la última década.

Si lo que te interesa es conocer las ayudas y subvenciones para emprender en España, aquí tienes un resumen de las opciones tanto a nivel estatal como autonómico.

¿Qué es emprender en España?

Si queremos emprender en España lo primero que nos tenemos que plantear es si queremos ser un empresario individual autónomo o queremos crear algún tipo de sociedad. Si hacemos referencia al primer tipo, destacaríamos que un autónomo es:

Autónomo: cualquier persona física que realice de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

Características del autónomo:

  • Control total de la empresa por parte del propietario, que dirige su gestión.
  • No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil.
  • La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular, quien responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa.
  • La aportación del capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario.

Ventajas e inconvenientes de ser autónomo

Ventajas:

  • Es la forma que conlleva menos gestiones para su constitución.
  • Puede resultar más económico, dado que no crea persona jurídica distinta del propio empresario.
  • Es una forma empresarial idónea para empresas de muy reducido tamaño.

Inconvenientes:

  • La responsabilidad del empresario es ilimitada.
  • Responde con su patrimonio personal de las deudas generadas por su actividad.
  • El titular de la empresa ha de hacer frente en solitario a los gastos e inversiones, así como a la gestión y administración.
  • Si su volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos elevados, ya que la persona tributa por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF.

Emprender en España: tipos de autónomos.

El hecho que iguala a todos los autónomos es que tienen que cotizar en el mismo Régimen de la Seguridad Social. Las diferencias se observan en las características de la actividad que realizan y el encuadramiento fiscal y laboral. Se distinguen los siguientes grupos:

Trabajadores autónomos

En este grupo se incluyen la mayor parte de los autónomos españoles. Se puede dividir en subcategorías:

  • Los autónomos que cotizan por actividades empresariales en el impuesto de actividades económicas son los transportistas, taxistas, autónomos que tengan un negocio en la hostelería, los centros de servicios personales como las peluquerías o que se dediquen a la construcción y el mantenimiento, entre otros.
  • Artistas y deportistas, conforman un grupo especial incluye a personas dedicadas a actividades artísticas (cine, teatro, música, televisión) deportivas o taurinas.

Profesionales autónomos y freelance

Autónomos que se dedican a profesiones liberales incluidas en el listado de actividades profesionales del Impuesto de Actividades Económicas. Se encuentran dos grupos:

  • Profesionales autónomos que suelen estar colegiados como los arquitectos, abogados, médicos, farmacéuticos, veterinarios, procuradores… En ocasiones no cotizan directamente en el régimen de autónomos sino a través de las mutualidades de sus colegios profesionales.
  • Profesionales autónomos que no suelen ser colegiados, como publicistas, loteros, agentes de seguros, maquilladores, representantes, pintores…

Aunque muchos trabajan sin empleados y adoptar la posición de freelance, casi todos cotizan por IRPF en estimación directa simplificada, lo que supone una opción de autoempleo con mayor nivel de ingresos.

Empresarios autónomos societarios

Aquellos trabajadores y profesionales autónomos cuyos negocios tienen ya una cierta dimensión y que cuentan con mayor número de trabajadores contratados, por lo que optan por montar una sociedad mercantil. Así reducen los impuestos a pagar y limitan la responsabilidad del patrimonio de la sociedad. Una de las principales figuras a la hora de emprender en España y que eleva la burocracia y tiempo a la necesidad de constituir la empresa.

Autónomos agrarios

Desde 2008, los autónomos que se dedican a actividades agrícolas cuentan con un régimen especial de cotización, el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, SETA. La cuota a la Seguridad Social es igual al de un autónomo normal, aunque varían los tipos de cotización. Para considerarse un autónomo agrario es necesario:

  • Ser titular de una explotación agraria y obtener al menos el 50% de la renta total de esa explotación.
  • Realizar personalmente labores agrarias en su explotación, aunque se permite tener trabajadores por cuenta ajena.
  • No obtener rendimientos netos anuales de la explotación superiores al 75% de la base máxima de cotización del Régimen General.

Autónomos económicamente dependientes

Aquellos autónomos que obtienen el 75% o más de sus ingresos de un solo pagador o empresa. No pueden tener trabajadores a su cargo ni subcontratar la actividad a terceros. Además, deben disponer de material e infraestructura propios y no tener local ni oficina abierto al público.

Diferencias entre emprender en España y otros países de nuestro entorno

Trámites para emprender en España, el alta.

Antes de iniciar tu actividad tienes que ser consciente de la burocracia que conlleva dicho trámite, ya que “El 47% de los autónomos ven la carga burocrática como el mayor problema al que se tienen que enfrentar”. En primera instancia tienes que presentar la documentación e información para solicitar el Documento Único Electrónico, DUE y después realizar 7 trámites:

Documentación

  • Original y fotocopia del DNI del empresario y de los trabajadores si los hubiera.
  • Original y fotocopia de la Tarjeta de Seguridad Social del empresario y de los trabajadores.
  • Extranjeros sin DNI: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Si el empresario está casado necesita el DNI o NIE del cónyuge y régimen del matrimonio.
  • Para la contratación de trabajadores: contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta en la Seguridad Social.

Información

  • Epígrafe de Actividades económicas que realizarás.
  • Código de actividad según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, CNAE.
  • Datos del domicilio de la empresa y de la actividad empresarial, donde se deben incluir los metros cuadrados del lugar de actividad, código postal y teléfono.
  • Para la adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: base de cotización elegida, Mutua de Incapacidad Temporal, IT y si optará la cobertura por accidente de trabajo y enfermedad profesional.
  • Se deberá aportar un número de cuenta bancaria para realizar la domiciliación de la cuota de autónomos o del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, RETA.

Tramites en la Seguridad Social

El DUE (instrumento telemático que facilita la creación de nuevas empresas) se envía a la Tesorería General de la Seguridad Social, TGSS o al Instituto Social de la Marina, ISM. Una vez recibido, estos organismos generan los siguientes códigos y números que serán devueltos al Centro de Información y Red de Creación de Empresas, CIRCE:

  • Los Códigos de Cuenta de Cotización.
  • La afiliación del empresario y el alta del empresario en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, RETA.
  • La afiliación y el alta de los trabajadores, si los hubiera

Comunicación del inicio de la actividad a la Agencia Tributaria

En el momento que se envía el DUE, también se comunica el inicio de la actividad del empresario individual a la Administración Tributaria, mediante el envió de la Declaración Censal.

Solicitud de reserva de Marca o Nombre Comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas, OEPM

Solicitud de licencias en el ayuntamiento

En aquellos ayuntamientos que colaboran con CIRCE o estén adheridos al proyecto Emprende en 3, se realizará la solicitud de licencias en función del tipo de actividad empresarial.

Burocracia de emprender en España

Comunicación de los contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE.

Existen otros trámites necesarios para darse de alta como empresario individual o autónomo que no están cubiertos por el CIRCE:

  • La comunicación de la apertura del Centro de Trabajo (trámite incluido en la Región de Murcia y la Comunidad de Madrid), en caso de tener contratados trabajadores.
  • La obtención y la legalización de libros.
  • Inscripción, en otros organismos oficiales y registros.

En total en España son necesarios como mínimo 12,5 días y 7 procedimientos además de información y documentación para que un negocio eche a andar. Estas cifras pueden parecer excelentes si se comparan con las 138 jornadas que era necesario esperar en 2003. Pero palidecen si las comparamos con otros países como Nueva Zelanda que necesita 12 horas o Canadá que necesita un día y medio. Si decides emprender en España debes ser consciente de que deberás contar con tiempo para realizar todos los trámites.

Emprender en España ¿Qué es la cuota de autónomos?

Se denomina cuota de autónomos al pago mensual que tiene que hacer un trabajador por cuenta propia o autónomo por darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA). Esta cuota es un porcentaje que se calcula sobre la base de cotización y que establece el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado.

El Real Decreto-ley 28/2018, del 28 diciembre implantó un aumento progresivo del tipo general de cotización, siendo en 2019, del 30% y pasando al 30,3% el 1 de enero de 2020. La base mínima se sitúa en 2020 en 944,35 euros y la cuota mínima se incrementa de los 283,30 euros en 2019, a 286,15 euros en 2020.

Cuota de autónomos 2020

Existen dos tipos de cuotas, la máxima y la mínima, aunque el 77% de autónomos, según el III Estudio Nacional del Autónomo 2019, ENA, opta por cotizar por la base mínima.

  • Cuota mínima: base mínima x tipo general = 944,40 x 30,3% = 286,1 euros/mes
  • Cuota máxima: base máxima x tipo general= 4.070,1 x 30,3%= 1.233,2 euros/mes

Si se observa la cuota de autónomos desde el 2010 hasta ahora, veremos que ha aumentado 35,3 euros. En 2010 se pagaba de cuota mínima 250,85 euros mientras que en 2020, 286,15 euros.

Prestaciones sociales de la cuota de autónomos

Como hemos señalado, estos 286,15 euros al mes en concepto de cuota de autónomos cubren al trabajador por cuenta propia en caso de enfermedad común, enfermedad laboral, cese de activad, accidente, formación y lo más importante la jubilación.

En este último caso, la mayoría de autónomas pagan la base mínima de cotización y a partir de los 47 años la aumentan con el objetivo de cotizar más, y de esta forma incrementar su pensión.

Tipos de cotización

Así se distribuye los tipos de cotización, aplicando la base mínima y máxima de cotización al tipo específico de cotización para cada contingencia.

Base mínimaBase máxima
Contingencias comunes944,4×28,3%=267,26 euros4.070,1×28,3%=1.151,83  euros
Contingencias profesionales944,4x 1,1%= 10,38 euros4.070,1×1,1%=44,77 euros
Cese de actividad944,4×0,8%= 7,55 euros4.070,1×0,8%= 32,56euros
Formación profesional944,4×0,1%= 0,94 euros4.070,1×0,1%= 4,07 euros

 

Si sumamos los tipos de cotización (28,3%+ 1,1%+0,8%+0,1%)= 30,3% que es el tipo de cotización para 2020. Esto implica que si quieres emprender en España, con independencia de tu facturación tienes que pagar como mínimo unos 300 euros al mes. Lo que superará los 3.000 euros al año por emprendedor. Si sois varios, multiplica.

Emprender en España: los datos sobre autónomos

Según la Asociación de Trabajadores Autónomos, ATA, en la última década el número de autónomos ha pasado de 3.157.046 en diciembre de 2009 a 3.267.428 en diciembre de 2019, lo que supone 110.382 cotizantes más a la Seguridad Social.

Además del crecimiento, el dato a destacar si evaluamos la evolución atendiendo a la edad, es que España pierde una total de 165.970 autónomos de menores de 35 años, pasando de los 625.594 en diciembre de 2009 a 459.624 en diciembre de 2019. Se podría decir que perdió una cuarta parte, 26,5%, de sus jóvenes empresarios en la última década.

Sarai Vidal, abril de 2020

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1 COMENTARIO

  1. En España, es frecuente encontrarte con trabajadores autónomos. Pero es cierto que ser autónomo hoy en día se caracteriza por tener infinidad de gastos. Bajo nuestro punto de vista y como bien se dice en el artículo, ser autónomo tiene numerosas ventajas ya que las gestiones para constituirlo son muy básicas y es ideal para comenzar pequeñas empresas.
    ¡Gracias por este artículo tan interesante y felicidades! Se reune toda la información sobre cómo emprender en España en este año 2020.